La etapa de la lactancia es tan importante para la madre como para el bebé. Por ello, es necesario que la mujer tenga cuidados especiales en su salud, tales como una alimentación balanceada, rica en proteínas y líquidos, higiene adecuada de mamas y pezones para evitar infecciones, y continuar con vitaminas suplementarias si el médico lo aconseja.
Asimismo, cabe resaltar que la madre, durante este período, puede recibir cierta ayuda económica, llamada el subsidio por lactancia. En este artículo, te contaremos de qué trata este beneficio y cuándo corresponde solicitarlo.
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¿QUÉ ES EL SUBSIDIO POR LACTANCIA?
El ginecólogo obstetra, Hosthen Lenti Amoros, que trabaja en el Instituto Médico de la Mujer, menciona que el subsidio por lactancia es un monto de dinero que da el Estado para ayudar al cuidado del recién nacido. Vale decir que este permiso se da a toda madre trabajadora luego de regresar de su descanso post natal y consta de una hora diaria durante un período de un año y, en caso de un parto múltiple, debe agregarse una hora más.
Cabe señalar que, para poder reclamar este subsidio, el asegurado(a) titular debe mantener un vínculo activo con su centro de trabajo al momento del nacimiento de su bebé, quien debe estar registrado en la RENIEC.
¿CÓMO SE TRAMITA EL SUBSIDIO POR LACTANCIA?
El especialista afirma que para poder tramitar este subsidio se debe descargar o llenar un formulario que se puede solicitar en una Agencia de Seguros de EsSalud o en la Oficina de Área de Bienestar Social de la empresa donde trabaja la gestante, y completarlo sin borrones ni enmendaduras, consignar el DNI y la firma del asegurado titular.

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¿CUÁNDO SE PIERDE EL DERECHO AL SUBSIDIO?
El subsidio por lactancia se pierde cuando desaparece el vínculo laboral, por realizar labor remunerada durante el período del subsidio o abandonar o incumplir el tratamiento y las prescripciones médicas.
¿A QUÉ OTROS BENEFICIOS PUEDEN ACCEDER LAS MADRES TRABAJADORAS EN EL PERÍODO PRE Y POST NATAL?
Lenti Amoros señala que, durante el período pre y post natal, se otorga la licencia por maternidad que dura 98 días naturales, repartidos en 49 días antes del parto y 49 días posteriores a este, o acumular todo o parte, previa opinión favorable del médico tratante. Además, esta se puede extender por treinta días adicionales si es que existe nacimiento múltiple o nacimiento de niños con discapacidad.